El pasado Julio, el Congreso del país votó por unanimidad un proyecto de ley para regular estos sectores, que luego se convirtió en ley en Agosto y entró en vigor 60 días después.
La ley nombra al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo de Perú (Mincetur) como el regulador oficial del juego en el país.
Como regulador, el organismo estableció una serie de reglas que se aplicarán a los operadores en el mercado, incluida la prohibición de apuestas gratuitas y el requisito de registro de proveedores.
Estas reglas están sujetas a una consulta, y las partes interesadas pueden presentar sus alegaciones hasta el 2 de Diciembre.
Prohibición de apuestas gratuitas
Las regulaciones establecen que los operadores no pueden ofrecer ningún tipo de apuestas o juegos a distancia de forma gratuita, ya sea con fines promocionales o educativos, como a través de una demostración de un juego.
Si se descubre que un operador ofrece una apuesta gratis, podría enfrentar una multa de entre una y 50 unidades tributarias peruanas (Unidad Impositiva Tributaria/UIT).
Actualmente, una UIT equivale a PEN4600 (£1,010/€1,149/$1,197), pero se pretende que las unidades sean flexibles con los cambios en el valor de la moneda del país.
Además, la publicidad no debe estar dirigida “directa o indirectamente” a menores de edad, ni los anuncios deben incluir a menores. Tampoco se puede considerar que los anuncios violen la "moral de las personas".
Registro de proveedores
Los proveedores, por su parte, deberán registrarse en el Mincetur para poder ofrecer sus servicios a los operadores autorizados.
Estos proveedores deberán incluir otras autorizaciones que hayan recibido como parte del proceso de solicitud. Sin embargo, no se proporcionaron otros detalles sobre los criterios para que se acepte una solicitud de registro o se revoque un registro ya existente.
El uso de un proveedor no registrado nuevamente conlleva una multa de entre una UIT y 50 UIT.
Para los operadores, las apuestas y los juegos remotos requerirán dos licencias separadas. Todos los operadores con licencia deben estar registrados en Perú o tener una oficina establecida en el país.
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